En algún momento nos hemos preguntado en qué circunstancia o momento deberíamos emitir un recibo por honorarios (RH) y cuál es mi obligación tributaria frente a ello. Este artículo te ayudará a conocer en qué consiste este proceso.
PRINCIPIO DEL PERCIBIDO
Según nuestras normas tributarias, el principio fundamental el cual no obliga a emitir un RH, es el principio del percibido, entendiéndose esto como el momento del pago o de la cobranza que realizamos por los servicios que brindamos. En este sentido, queda claro el momento en el cual estamos obligados, pero esto no impide que podamos emitir este comprobante incluso antes del pago, con la finalidad de poder ir realizando nuestra cobranza.
EMISIÓN DE MANERA ELECTRÓNICA
Desde el 01 de abril del año 2017 y en la actualidad, todos los RH que se emitan deben ser de manera electrónica, lo cual facilita a los contribuyentes en dos aspectos importantes. El primero, ahorro de dinero en impresión de comprobantes de pago. Segundo, ahorro de tiempo, ya que no requiere estar llevando el RH de manera físico a la empresa para que se nos pague los servicios, tan solo basta con enviarlo en un correo para que sea aceptado por nuestros clientes. Además, recuerda que estos comprobantes puedes ser emitidos desde tu PC, Tablet o incluso tu celular.
Beneficios
- Puede ser enviado de manera práctica y rápida al correo electrónico de tu cliente.
- El riesgo de perderlo es nulo, ya que se encuentra en la pagina de la SUNAT, y lo puedes volver a descargar.
- Lo emites de manera rápida y práctica.
- Tus ingresaos pueden ser controlados de una mejor manera, ya que puedes realizar las consultas de en forma mensualizada o en cortes de días.
- Bastan con tener acceso a internet para que lo puedas consultar de cualquier parte del mundo.
CONSIDERACIÓN IMPORTANTE
Al emitir un Recibo por honorario tienes que tener presente que, si los montos superan los S/ 1,500 Soles, deberás emitirlo con retención, el mismo sistema de la SUNAT calculará la retención del 8% en función del monto total.
SUSPENSIÓN DE RENTA DE 4TA CATEGORÍA
En el caso de que tus ingresos proyectados durante el año no sean superiores a S/ 38,500 Soles por las actividades realices de arte, ciencia, oficio o profesión, tu podrás solicitar la suspensión de la retención mencionada en el párrafo anterior a través de la plataforma SUNAT y con el uso de tu clave sol.
TUTORIAL PARA LA EMISION DE UN RECIBO POR HONORARIO
Te compartimos un tutorial con los pasos que necesitas saber para la emisión de un Recibo por Honorario Electrónico.
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